hola compañeros....
tras indagar bastante en la legalidad de nuestra querida planta,,,,las cloncusiones son varias.....
el cultivo,para consumo ,o uso hornamental,,no esta penado ni administrativa,,ni penalmente...
solo se pena el cultivo para difusion a terceros.....
lo mas importante de todo est,,es tener pruebas de ello, para justificar ante el juez
asociate en el "club-cannabico" mas cercano
asegurate ,de estar bien asesorado,,pues hay mucho pikapleitos que no tien ni idea de lo que te juegas si te culpan.....
aqui va un articulo muy didactico.....salu2 pipol
artículo 28.2 de la Convención de 1961. enrique fornes
http://blogs.myspace.com/index.cfm?fuse ... apped=true
tras indagar bastante en la legalidad de nuestra querida planta,,,,las cloncusiones son varias.....
el cultivo,para consumo ,o uso hornamental,,no esta penado ni administrativa,,ni penalmente...
solo se pena el cultivo para difusion a terceros.....
lo mas importante de todo est,,es tener pruebas de ello, para justificar ante el juez
asociate en el "club-cannabico" mas cercano
asegurate ,de estar bien asesorado,,pues hay mucho pikapleitos que no tien ni idea de lo que te juegas si te culpan.....
aqui va un articulo muy didactico.....salu2 pipol
artículo 28.2 de la Convención de 1961. enrique fornes
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