Requisar es lo que se practica cuando llevas hierba por la vía pública, y hay dos motivos para hacerlo: Por interés público y/o por ser una sustancia prohibida, normalmente ahí si que la mandan a toxicología, la pesan, miran nivel de thc y destruyen.
La incautación, propiamente dicha, se lleva a cabo cuando la sustancia está relacionada con un hecho o acto delictivo, al no existir delito ni indicios, no procede dicha incautación, porque no hay orden judicial de registro, ni investigación en curso NI PUEDEN ENTRAR EN TU DOMICILIO POR ELLAS SIN TU CONSENTIMIENTO, por eso intentarán entrar con argucias, amenazas, etc, porque el simple hecho de tener 3 ó 4 plantas no es “flagrante delito” (por esto sí pueden entrar sin más, aunque luego lo tengan que justificar muy muy muy bien), así que si no hay indicios contundentes de delito, solo constituye infracción administrativa.
La cosa cambia enormemente en dos supuestos:
- El primero es que hayas sembrado regulares, tengas 20 plantas, te acusen de tráfico y de esas 20 resulten ser plantas macho 14 (que digo que ya es mala suerte), quedando un total de 6 plantas hembras….esa tontería, si la cosa ya va por vía judicial, puede suponer que la causa si está en fase de instrucción se archive y quede en infracción administrativa, o si prosigue el curso del juicio te absuelvan del delito de tráfico, lo consideren auto consumo e igualmente solo se quede en sanción administrativa.
-El segundo supuesto, es que sea cáñamo sin thc o plantas de cbd con un nivel de thc que no supere el 0,2% (creo que es el máximo permitido para cbd, corregidme si me equivoco y aprendemos todos), en este caso harán la comprobación de que son visibles al público, llamarán a tu puerta y ya depende de ti dar las explicaciones que creas oportunas, y permitir que se las lleven, pesen, analicen, etc, de cara a un recurso a la sanción administrativa que te va a llegar casi con total seguridad.
¿Lo normal que suele pasar? Llaman a tu puerta con la foto de las plantas, te proponen para sanción administrativa y te dicen que las entregues, la gente las entrega o los dejan pasar para que procedan al comiso de las mismas y cuando te llegue la sanción administrativa la recurres, agotas vía administrativa, te metes en juicio….y te sale 3 ó 4 veces más caro que haber pagado la sanción.
He oído cada cosa que hace que la anterior parezca un chiste, por poner un ejemplo de la vida real que me tocó de cerca, hace un par de años, el hijo de unos amigos plantó dos autos en una casa rural que tienen (sin que los padres lo supiesen) y a la que los padres no suelen ir salvo en navidades o semana santa, pues bien, la vecina de al lado de 80 años, llamó a la GC diciendo que en la casa de al lado habían plantas de droga sembradas y que el chaval vendía drogas, se personaron en la casa y el chaval de 19 años les abrió, los Agentes le dijeron que sabían lo de la droga, que le dijeran donde estaban las plantas que se las tenían que llevar y cuando vieron las plantas eran 2 autos de 20 cms que no tenía ni un solo pelo blanco….el resultado? 601€ de multa, que obviamente han pagado los padres y punto, y ahora si quieres recurres, que te va a costar el triple que la multa…… a ver qué cantidad de THC podrían tener 2 plantas de 20cms para empurar al chaval, de hecho, hasta los mismos Agentes dijeron literalmente: “Si llegamos a saber que eran estas dos porquerías, no nos molestamos en venir, pero nos aseguraron que aquí habían varias plantas y se vendían drogas”….más tarde los padres indagaron a ver qué coño había pasado y quién había liado la que había liado y fue esta señora….que para colmo ni los dejó entrar para que los Agentes comprobasen la existencia de las susodichas, porque su marido de 90 años estaba muy delicado de salud….sacad vuestras propias conclusiones Y NO ME HAGÁIS ESCRIBIR MÁS!!
Saludos y buenos humos compañeros!!