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Tribunal Supremo español: clubs cannabis son solo para adictos y pequeños grupos

29 November, 2019, 15:00 PM
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 Esta semana el Tribunal Supremo se ha vuelto a pronunciar sobre los clubes o asociaciones de cannabis ratificando una sentencia de un juzgado de Barcelona.

Los clubes para cultivo y consumo compartido de marihuana tienen que acatar ciertos requisitos. Estos serían que la totalidad de sus socios fuesen “adictos” y que se tratase de de un pequeño grupo. De esta forma se evitaría que el grupo se expandiese y “permitiendo considerarlo como un acto intimo o sin transcendencia publica” .

El pasado 19 de Noviembre, el alto Tribunal español recordó en una sentencia, por la que ratificaba una condena de hasta cuatro años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona a los fundadores de un club de cannabis. El Tribunal Supremo apoyaba la decisión de los jueces que tacharon de mera pantalla para cultivar y vender marihuana.

Los magistrados recordaban que el consumo recreativo o el cultivo de cannabis para uso personal no estaba penado en el Código Penal, pero si que sancionaba difundir el consumo de sustancias.

Varias sentencias similares

Varias sentencias en la misma dirección ya habían marcado los limites de estos clubes para el cultivo y consumo compartido. El tribunal Supremo agrupó en esta resolución las reglas imprescindibles.

La asociación en la que sus socios estarán identificados, “ha de estar integrada por un número reducido de personas” . El consumo debe ser “en espacio cerrado o, al menos, oculto a la contemplación de terceros”. Sobre las cantidades “han de ser reducidas o insignificantes, o, cuando menos, mínima y adecuada para su consumo en una sola sesión o encuentro”.

En 2018, la Audiencia de Barcelona condenó a los fundadores del club por un delito contra la salud pública de sustancias sin causar grave daño y por asociación ilicita.

                              “La asociación es un mero instrumento ideado para dar apariencia de licitud al cultivo y distribución de la droga” dijo el Tribunal

En el club se vendía cannabis cultivado en el domicilio de los fundadores y a sus socios. La sentencia también decía, que desde su creación se comercializaba marihuana y hachís de forma indiscriminada y con el requisito de apuntar el nombre del comprador como si fuese un asociado. Los condenados habían dicho que eran de 100 a 150 socios y habían 300 registrados. La policía señaló que se podía haber vendido a más de 600 personas.

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