Una nueva sentencia sobre CBD da la razón al propietario de un comercio que vendía flores de cannabis con un bajo contenido en THC
Muchos comercios en España y resto de Europa están comercializando flores de cannabis con un bajo contenido en THC, más concretamente inferior al 0,2%. Ahora una nueva sentencia en un juzgado de la Comunidad Valenciana y que se hacia eco Eldiario.es pone entredicho la opinión de la fiscalía antidrogas y de la Agencia Española del Medicamento.
La Fiscalía Especial Antidroga, en un recordatorio sobre esta cuestión, se apoya en la Convención Única de las Naciones Unidas de 1961 y que considera que la flor de cannabis e independientemente de la cantidad del THC que lleve, es un estupefaciente. Solo los cultivos autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) y sus resultantes cogollos serían las únicos permitidos.
Sentencia sobre CBD incautado en forma de cogollos
El propietario de un comercio especializado en la venta de productos de cannabis con un bajo contenido en THC, estaba pendiente de la sentencia del juez y que podía castigarle hasta con cuatro años de cárcel; por comercializar productos contra la salud publica que se embarcaban en una modalidad de tipos de sustancias que no causan graves daños para la salud.
En este caso, la sentencia no solo absuelvo a esta persona acusada por la fiscalía antidrogas, sino que obliga a las autoridades a que le devuelvan los productos incautados en forma de flores y que tenía a la vista en los expositores del comercio. En este caso eran bolsitas de flores de variedades de cannabis light (-0,2% THC) como Critical Mass, Mango Krush, Sour Diesel, Amnesia Haze y Blue Berry.
Sobre el cannabis para autoconsumo, el juez dice que la cantidad que fue decomisada no sobrepasa las cantidades que el Tribunal Supremo considera como autoconsumo, hasta 130 gramos. Es más, “los agentes no relataron en el juicio ningún trasiego extraño” ni tampoco sobre “ninguna báscula ni excesivas sumas de dinero”. “No hay dato objetivo alguno que apunte la venta de droga al por menor en ese mismo local, no interviniendo una cantidad considerable sino todo lo contrario” .
En 2018
Corría el verano de 2018 cuando la Guardia Civil inspeccionó el local de venta de estos productos CBD y fueron requisados de su mostrador, flores de CBD junto a hachís de las mismas características. También, le fue requisado cannabis recreativo para uso personal en su despacho interior y que no estaba expuesto para su venta.
La persona acusada dijo que todas los productos y flores de CBD tenían sus respectivas facturas de adquisición a empresas y que ninguna de ella superaba el limite legal de cantidad de THC; de esa forma son consideradas legales. El despacho de abogados valenciano que ha sido encargado de defender al acusado ha sido Brotsanbert y ha actuado como abogado defensor Joan Bertomeu. Los defensores demostraron al juez con facturas, que la adquisición de los productos expuestos fue legal.
El tribunal sigue la estela del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El Tribunal de justicia dice que ha seguido la estela de la reciente sentencia de finales del año pasado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y que se opone a la prohibición del comercio de productos legalmente producidos por un estado miembro de la Unión Europea ” cuando éste se extrae de la planta cannabis sativa en su totalidad y no solo de sus fibras y semillas”.
Esta nueva sentencia sobre CBD, da un poco de luz de por donde pueden ir las siguientes resoluciones judiciales sobre este tipo de aprensiones en estos comercios especializados. El cannabis de bajo contenido en THC, también llamado cannabis light en otros países de la Unión Europea, es un producto que está teniendo una alta demanda por los ciudadanos que ven en estas flores una formula de consumo de cannabis sin los efectos secundarios intoxicantes de la llamada marihuana (cannabis con THC).