En medio de anuncios oficiales a favor del cannabis medicinal, la Justicia argentina va en contra marcha y enjuicia a un productor y usuario de aceite.
Mientras, por un lado, políticos, activistas y periodistas aplauden leyes que forman ciudadanos de primera y de segunda categoría, en la Justicia los cultivadores siguen perseguidos.
En noviembre de 2020 el Gobierno argentino legalizó el autocultivo de cannabis para uso medicinal.
La nueva reglamentación autoriza el cultivo doméstico y el expendio en farmacias de aceites y cremas a base de cannabis.
Sin embargo, y a pesar de que hay una ley sancionada, muchas personas procesadas por esas actividades siguen cargando sus causas sin que nada cambie para ellos y ellas.
Es en ese contexto que en 2021 se realizará el primer juicio por cannabis medicinal en Córdoba, tal como informa el diario Perfil.
Se trata de la causa Landgren, que comenzó a investigarse en la Justicia provincial y será juzgada por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF2).
Dos jueces federales de primera instancia sobreseyeron a productores y usuarios del aceite.
¿CÓMO TRATARÁ EL TOF2 AL CANNABIS MEDICINAL?
La gran intriga que subyace en esta y otras causas es acerca del criterio que fijará el tribunal de Córdoba (centro) sobre la producción y uso de cannabis medicinal.
Eso se sabrá en las próximas semanas, cuando el caso que se someta a debate oral y público.
Uno de los acusados es Daniel Landgren, procesado por producción, fabricación, extracción o preparación de estupefacientes en dosis destinadas al consumidor.
El otro, Diego Alberto Neo, por presunto encubrimiento.
Pero no están solos: el abogado que defiende a Landgren se llama Carlos González Quintana y es quien también logró la personería de la Comunidad Cannábica de Córdoba hace pocos meses.
En consecuencia, miles de cultivadores y cultivadoras hacen el aguante.
En 2020, dos jueces federales ya se pronunciaron en primera instancia, por el sobreseimiento de imputados en cannabis medicinal.
El primero de ellos fue Ricardo Bustos Fierro, quien optó por una mirada sanitarista frente al punitivismo de la ley de estupefacientes (23.737).
Ese fue el primer fallo penal en el país sobre un tema que en la esfera de lo político es la nueva mirada progresista.
El último, emitido en Córdoba a fines de diciembre, pertenece al titular del Juzgado Federal 3, Hugo Vaca Narvaja.
Bustos Fierro llevo las riendas de un caso resonante donde se investigó la actuación del médico Carlos Laje en la llamada Clínica de la Marihuana.
La misma tuvo sedes en Córdoba Capital, Carlos Paz y otras localidades del interior y varios de los acusados estuvieron detenidos varios meses.
Esa sentencia fue apelada por el fiscal y está a resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.
La sanción en 2017 de la ley 27.350 que regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados se trató de una bisagra en el tema.
Es que, luego de esa sanción, la producción, comercialización y uso del cannabis medicinal se normalizó en forma automática en buena parte de la sociedad.
En noviembre del año pasado, como dijimos, la nueva reglamentación incorporó la habilitación del autocultivo para uso medicinal.
LEY MADRE ARGENTINA SIGUE PENANDO AL CANNABIS
Mientras todo eso ocurre hay una ley que sigue bloqueando todos los desarrollos que tienen que ver con el cannabis.
Se trata de la ley madre, la que regula, norma y castiga la producción, expendio y uso de drogas en Argentina, la 23.737, sancionada en septiembre de 1989.
Ante semejante gris, la interpretación de una posible conducta ilegal queda más que nunca bajo el criterio del juez de turno actuante.
Entonces, las posiciones se diferencian entre la Justicia provincial, que continúa persiguiendo a cultivadores y productores, de un lado.
Y los magistrados federales, que han adoptado en los pronunciamientos señalados una perspectiva sanitarista a partir de las modificaciones legislativas, del otro.
Estos últimos, aceptan la aplicación de derivados del cannabis para ciertas patologías neurológicas y crónicas.
LOS HECHOS QUE CUESTIONAN AL CANNABIS MEDICINAL
El juicio a Daniel Landgren será sobre la actividad que realizaba para producir aceites y cremas derivados del cannabis.
Las mismas luego las comercializaba en un local de una galería en el centro de la ciudad cordobesa.
Quien investigó y elevó a juicio el expediente fue el fiscal provincial del fuero especial de narcomenudeo, Carlos Cornejo.
Los allanamientos se realizaron en el local comercial y en un domicilio del barrio General Bustos, el 25 de julio de 2017.
“Esta ilícita actividad desplegada por Landgren consistía en la extracción del principio activo de la especie vegetal Cannabis Sativa, más precisamente tetrahidrocannabinol -THC- y cannabidiol -CBD- con el que preparaba estupefacientes en distintas formas y consistencias para luego de ello fraccionarlos en dosis destinadas al consumidor”, dijo aquel requerimiento.
Cuando fue indagado por el fiscal, el sindicado como productor argentino de cannabis medicinal negó que haya violado la ley de estupefacientes.
Landgren consideró que las sustancias que producía no estaban destinadas a suministrar dosis psicoactivas a usuarios, sino a personas con patologías, tanto niños como adultos.
El propio Landgren reconoció que cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que no debía penalizarse el consumo personal (fallo Arriola) inició un activismo personal y colectivo para difundir y defender las condiciones medicinales de la planta de marihuana.
Para el fiscal, la conducta desplegada por Landgren no tuvo sustento legal.
Asimismo, subrayó que si bien la Argentina cuenta desde 2017 con la ley que aplica el uso medicinal de la planta y de sus derivados, estos deben producirse y comercializarse dentro del marco regulatorio nacional.
En septiembre de 2019, la jueza de Control María Dolores Morales de Cáceres confirmó la elevación a juicio pero, al mismo tiempo, decretó la incompetencia de la Justicia provincial.
Su posición fue ratificada por la Cámara de Acusación el 12 de marzo del año pasado.
Por esa razón, el expediente fue remitido a la Justicia federal la que, sin más trámites, lo elevó al TOF2 en el que se producirá el debate oral y público.
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