Luego de muchos años de polémica la agencia antidopaje finalmente entiende que cocaína y cannabis no mejoran el rendimiento deportivo.
La pandemia de coronavirus sigue su curso y amenaza, una vez más, con suspender los Juegos Olímpicos de Tokio 2020.
Sin embargo, la sola posibilidad de que se realicen ya genera noticias alrededor del mundo.
La mayoría de ellas tiene que ver con la WADA, o sea, el nombre que recibe la Agencia Mundial Antidopaje.
A principios de diciembre, esa oficina decidió imponer una sanción a Rusia que lo aleja de todas las competiciones por cuatro años.
Para la WADA, Rusia desplegó una red de dopaje deportivo patrocinada por el estado generalizada y sofisticada.
COCAÍNA Y MARIHUANA
Ahora, la WADA ocupa otra vez las primeras planas, pero por una decisión histórica entre las reglas antidopaje.
Así lo informa el portal Medio Tiempo, que da cuenta de que la cocaína y el cannabis ya no son sustancias dopantes en atletas.
Para este 2021, la WADA deja de perseguir con la dureza de antes a los atletas que se les compruebe el consumo de cocaína, heroína, éxtasis y marihuana.
La histórica decisión se da luego de que el organismo concluyera en que la cocaína o la marihuana, entre otras, no mejoran el rendimiento de los atletas.
La WADA hizo oficial en este inicio de año lo que meses atrás ya venía anticipando sobre las reglas antidopaje.
El organismo lo dio a conocer a la hora de difundir su lista de Prohibiciones 2021 rediseñada y más apta para los atletas que entró en vigor el 1 de enero.
En la misma, la oficina policial da un calificativo de “sustancias de abuso” a las drogas recreativas.
En concreto, se refiere a la cocaína, la diamorfina (heroína), la metilendioximetanfetamina (MDMA / éxtasis), y tetrahidrocannabinol (THC/Marihuana).
Sí, leíste bien. Ninguna de esas será considerada, a partir de este año que recién comienza, una sustancia dopante.
DEBATE
La Agencia Mundial Antidopaje comenzó a debatir esta decisión a finales de 2017.
La misma ha entrado en discusión entre especialistas por la disyuntiva de permitir atletas que utilicen dichas drogas.
Es que junto con la heroína y el éxtasis, la cocaína y el cannabis son las sustancias que más preocupan.
Con respecto al cannabis, las opiniones se dividen mucho más.
Es que la WADA no puede violar las libertades de los países que han legalizado el consumo de la marihuana en sus diferentes estatus: medicinal/científico o recreativo.
Hablamos de Uruguay -con una libertad total-, Holanda, España, República Checa, Jamaica, Portugal y Costa Rica.
Depende de cada ejemplo las limitaciones en el consumo, lugares, cantidades de posesión, venta y cultivo.
Tampoco puede obviar la decisión tomada por algunas de las federaciones más importantes, que decidieron ablandar su mirada con respecto a la hierba.
En concreto dos muy poderosas: la NBA y la NFL.
La burbuja sanitaria anti covid-19 que la liga de baloncesto más importante del mundo instaló en Disney en la temporada pasada sentó un precedente de peso.
Los propios jugadores solicitaron liberar al cannabis para poder soportar el encierro y la distancia con sus familias.
El comisionado Adam Silver cedió, y el cannabis entró a jugar a la zona pintada.
Los jugadores de fútbol americano de la NFL, por su parte, son los primeros promotores del CBD en el deporte, sobre todo, para calmar los dolores post partido.
¿QUÉ ES LO QUE CAMBIA PARA EL ANTIDOPAJE?
Las sustancias descritas eran prohibidas por la WADA, por lo tanto, no deberían ser consumidas bajo ninguna circunstancia por los deportistas.
Un caso emblemático del historial antidopaje es el del futbolista peruano Paolo Guerrero que sucedió antes del Mundial de Rusia 2018.
La sanción impuesta por la FIFA fue de un año de suspensión, pero el jugador y sus abogados demostraron que el consumo fue por un té con hojas de coca.
De esa forma, y con el argumento de “contaminación cruzada”, redujeron el castigo antidopaje.
Bajo el nuevo proceso de la Agencia y las nuevas reglas antidopaje, el jugador habría tenido suspensiones de uno a tres meses.
Es que la cocaína ya es catalogada como una sustancia de abuso.
Esto es porque no hay pruebas científicas que demuestren una mejora en el rendimiento del deportista en cuestión.
A partir de ahora, todo cambia si un atleta puede demostrar que el uso de cualquiera de estas cuatro sustancias fue fuera de competencia y no relacionado con el rendimiento deportivo.
En ese caso, la suspensión impuesta será ahora de tres meses y puede reducirse a un mes si el atleta completa un programa de rehabilitación.
¿CÓMO SERÁ APLICADA LA REGLA?
El atleta debe demostrar que el consumo de cualquiera de las sustancias fue parte de una actividad recreativa y fuera de competencia.
Un plazo de competición, en cualquier deporte, comienza a las 23:59 horas del día anterior a la celebración de la competición en la que participa el deportista.
Y termina cuando finalicen las recogidas de muestras.
Un positivo a estas drogas será analizado desde el punto de vista de cuándo fue el consumo y comparado con el calendario de actividad del deportista.
Lo concreto es que la WADA cambia en medio de la incertidumbre una regla que podría cambiar por completo el medallero de Tokio 2020, cuando sea que se haga.